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Beneficios tributarios Profesionales independientes

Conoce como ayudar y rebajar tus impuestos junto a la Fundación Mis Amigos

Profesionales independientes:
Pueden donar en dinero y en especie con derecho a un crédito del 50% del monto de las donaciones, el que se imputa contra los impuestos correspondientes al ejercicio o período en que efectivamente se efectúe la donación.
i. Límite del crédito tributario: No tiene un límite específico al crédito tributario
ii. Límite del monto de la donación: En este caso se aplica íntegramente el Límite Global Absoluto (artículo 10 de la Ley N°19.885). Este Límite corresponde al 20% de la renta minia imponible con tope de 320 UTM.

Trabajador dependiente: (Contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría)
Pueden efectuar donaciones en dinero acogidas a la Ley de Donaciones con fines Culturales, ya sea directamente o mediante descuentos por planilla acordados con sus empleadores. En ambos casos, el empleador hará la imputación del crédito del 50% contra la retención del impuesto correspondiente al mes en que se efectúe la donación. Cuando las donaciones se hayan realizado directamente por los contribuyentes de este impuesto, deben informar y acreditar a su empleador el hecho de haber efectuado la donación, dentro del mismo período de pago de la remuneración, en la forma que señale el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Cuando el contribuyente no se haya acogido oportunamente a informar sobre la donación, o cuando el crédito total anual exceda de los créditos imputados durante el ejercicio, puede efectuar una re liquidación anual de los impuestos retenidos durante el año, en la cual se imputará el saldo de crédito que no se haya deducido durante dicho ejercicio.

i. Límite del beneficio al crédito tributario:
El crédito a imputar en cada período de pago de remuneraciones no puede exceder de 13 UTM. Los contribuyentes que obtengan además otras rentas de aquellas a que se refiere el artículo 54 de la Ley Impuesto a la Renta ( LIR)

Junto con tu donación emitiremos el documento tributario para que obtenga, rebaja de sus impuestos

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